SII: Demos la bienvenida a la nueva versión 1.1

Publicado el 2 Julio 2018

versión 1.1 SII
Montse Sánchez
Montse
Sánchez
Business Development Manager Integration & Portals Solutions en Generix Group España
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Colaboración B2B

El SII ha cumplido un año desde su entrada en vigor el pasado 1 de julio de 2017. En aquel entonces, todas las empresas afectadas tuvieron que hacer un gran esfuerzo para adaptar sus sistemas de información en tiempo récord para cumplir con las exigencias impuestas por la Agencia Tributaria. Ahora, la AEAT lanza la nueva versión 1.1. ¡Descubre qué supone esta evolución!

Versión 1.1 del SII

Después de cumplir los 12 meses de su entrada en vigor el pasado 1 de julio, la Agencia Tributaria lanza la nueva versión 1.1, que supone para los contribuyentes la necesidad de adaptarse nuevamente a los procesos y a los cambios introducidos por la nueva Orden Ministerial HFP/187/2018

El entorno de pruebas, abierto para los contribuyentes desde el pasado 3 de mayo, ha quedado definitivamente cerrado y ha entrado en producción el pasado 1 de julio de 2018. Con este nuevo proceso en marcha, ahora sólo se admitirán registros de facturas emitidas y recibidas bajo la versión anterior hasta el día 20 de julio. A partir de dicha fecha, solo se aceptarán como válidos aquellos mensajes cuyo encabezado corresponda con la nueva versión 1.1.

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¿Qué novedades ofrece?

Podemos destacar varias novedades introducidas en esta nueva versión 1.1 del SII:

  • Para los casos en los que haya una sucesión de entidades a consecuencia de procesos de restauración empresarial, se ha incorporado un campo identificativo de la entidad sucedida para el registro por parte de la sucesora de facturas todavía emitidas o recibidas a nombre de aquella. 
  • Para los casos de liquidaciones complementarias del IVA de importación practicadas por parte de Aduanas, se añade una nueva clave de factura en el libro de registro de facturas recibidas. Esto tiene como fin reflejar adecuadamente este extremo de manera separada del resto de documentos aduaneros. 
  • Se añaden marcas específicas para identificar facturas simplificadas "cualificadas", con obligación de identificar al destinatario, así como facturas completas en las que no sea obligatoria dicha identificación, de acuerdo con la norma. 
  • También se incorporan mejoras de contenido tales como: un nuevo campo de texto libre denominado "referencia externa" - con el fin de poder incorporar otras referencias del documento; un nuevo marcador para identificar determinados casos en los que el contribuyente no ha podido cumplir con los plazos de envío por una razón plenamente justificada; un nuevo procedimiento, alternativo al ya existente, para informar sobre devoluciones del IVA en el régimen de viajeros; o, con el fin de evitar errores, un identificador especial para transacciones superiores a cien millones de euros, que obliga a confirmar que el importe es correcto. 
  • Se añade, por último, una nueva disposición adicional segunda a la Orden HFP 417/2017, para aclarar que aquellos sujetos pasivos que se incorporen a la obligación del SII en el transcurso del año deberán remitir electrónicamente también los registros de facturación correspondientes a aquellos períodos del ejercicio anteriores a su incorporación. 
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