Ley Crea y Crece: emitir factura electrónica
Después de una larga espera, ya está aquí la obligatoriedad para todos de emitir factura electrónica.
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Facturación electrónica: descubre todo sobre la Ley Crea y Crece
Es una Ley que pretende impulsar la creación de empresas, eliminar los obstáculos a la actividad económica y luchar contra la morosidad.
Para luchar contra la morosidad, la ley Crea y Crece contempla la adopción de la factura electrónica. Esto obligará a todas las empresas y autónomos a emitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales, lo que garantizará la trazabilidad y el control de los pagos.
- [15 de septiembre de 2022] Se aprobó de forma definitiva la Ley Crea y Crece. El Pleno del congreso aprobó por mayoría parte de las enmiendas que el Senado incorporó al proyecto de ley, por lo que la iniciativa concluyó así su tramitación parlamentaria.
- El 29 de septiembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento Empresas, también conocida como Ley Crea y Crece.
A partir de dicha fecha, el Gobierno ha habilitado un período máximo de 6 meses para desarrollar reglamentariamente lo previsto en esta Ley (Fecha máxima 29 de Marzo de 2023). Una vez publicado y aprobado dicho reglamento, empezará a contar el plazo del que dispondrán las empresas afectadas.
El 22 de marzo ha finalizado la consulta pública sobre el desarrollo reglamentario. El objetivo de esta consulta ha sido la de recopilar información de distintas empresas y prestadores de servicios, analizar las problemáticas y casuísticas especiales de cada industria en pos de solucionar los potenciales problemas que esta nueva ley pueda presentar.
También se han planteado temas de interconexión entre prestadores de servicios, requisitos técnicos y de seguridad y, el contenido mínimo a incluir en los datos de la factura electrónica. Actualmente el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital, junto con el Ministerio de Hacienda se encuentran analizando todos los datos recabados y se espera en los próximos meses ya se pueda liberar definitivamente el desarrollo reglamentario.
La Ley Crea y Crece tendrá una entrada en vigor de la facturación electrónica paulatina para permitir la implantación de los sistemas en el tejido productivo.
- [1ª Fase] Implicará a todas las empresas y autónomos con una facturación anual superior a 8 millones de euros. Contarán con un plazo de 1 año para implantar la e-factura, a partir de que se apruebe el desarrollo reglamentario.
- [2º Fase] Implicará al resto de empresas y autónomos, es decir, a los que facturan menos de 8 millones anuales. Éstos tendrán la obligación de aplicar esta medida en el plazo de 2 años, a partir de que se apruebe el desarrollo reglamentario.
Han surgido muchas dudas por parte de empresarios y autónomos respecto al desarrollo reglamentario y la emisión de la factura electrónica una vez que entre en vigor la Ley Creay Crece.
Encuentra en este documento todas las preguntas frecuentes y sus respuestas sobre facturación electrónica y resuelve todas las preguntas sobre la Ley Crea y Crece.
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PREGUNTAS FRECUENTES
Descubre en este webinar de qué manera, desde Generix Group, podemos ayudar a las empresas a cumplir con la obligación de emitir facturas electrónicas gracias a nuestra solución de facturación electrónica. Tuvimos el placer de contar con la participación del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que nos explicó todos los aspetos de esta nueva ley. ¡Haz clic en la imágen y descarga la grabación!

Se deberán emitir facturas electrónicas a los clientes, ya sean empresas o autónomos.
La empresa también se convertirá en “receptora” electrónica de las facturas de sus proveedores.
Ya no será necesario el envío de la factura en papel, sino que se podrá realizar, por ejemplo, a través de portales de publicación con completa trazabilidad. En ellos el receptor podrá visualizar sus distintos estados (recibida, leída, no leída), descargarla o imprimirla gratuitamente (previo consentimiento del cliente).
La facturación electrónica tendrá el mismo valor legal que la tradicional. En lo que respecta al uso, la digitalización de las facturas tiene una triple vertiente y puede ser implementada con clientes, proveedores y administración pública.
Se deberá dar acceso al cliente para consultar todas las facturas electrónicas generadas, como mínimo, durante los últimos cuatro años.
Los proveedores de facturación electrónica con experiencia internacional permiten implementar el envío y recepción de facturas electrónicas tanto en España como en el resto del mundo.

Un servicio de facturación electrónica que soporta todos los canales autorizados: ficheros estructurados, firmados y registros de auditorías fiables.
Nuestro software en más detalle
Generix es proveedor de facturación electrónica
En Generix, somos expertos en implementar soluciones de facturación electrónica, tanto en España como a nivel internacional.
Nuestra solución incluye no solamente la emisión de las facturas electrónicas para dar cumplimiento a la nueva ley, sino también somos capaces de digitalizar, integrar y automatizar la recepción de las facturas electrónicas, todo esto con plena compatiblidad con su ERP sea cual fuere.
¡Si está interesado en conocer más sobre nuestra solución de facturación electrónica, no dude en contactarnos!
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¿No puedes encontrar la solución a sus necesidades?Preguntas frecuentes
No será necesario siempre y cuando el software de facturación sea capaz de cumplir con los requisitos que determine el reglamento técnico. Seguro tendrá que hacer algunas adaptaciones para ajustarse a ese reglamento.
Si tu proveedor de software puede hacer estas adaptaciones, tales como: que el sistema sea operativo dentro de los plazos, que permita no solo la emisión de facturas sino también el acceso a tus clientes en un histórico de 4 años y demás los requerimientos técnicos que se establezcan, no tendrás problemas.
Si no fuese así y tu software no pudiera adaptarse a los nuevos requerimientos de la Ley sí será necesario que contrates el servicio de alguna plataforma que ofrezca los servicios de factura electrónica, como Generix.
Aparte de que, naturalmente, la solución que ofrezca deberá cumplir todos los requisitos que determine el reglamento técnico, es importante seleccionar un proveedor que ofrezca seguridad y confidencialidad, ya que los datos de facturación son siempre sensibles para cualquier empresa. También será importante que cumpla con los requisitos mínimos de interconexión que se determinará en el reglamento técnico.
Las transacciones B2C están excluidas de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas. Bastará con el ticket de caja. No le afectará esta ley a las transacciones B2C pero posiblemente sí lo hagan otras normativas como la del TicketBai del País Vasco.
Son dos procesos diferentes y sí, hay que emitir las facturas electrónicas y cumplimentar los dos procesos. Será preciso trabajar con facturación electrónica con proveedores y clientes independientemente de que se siga trabajando con el SII.
Tampoco les afecta esta Ley. Las facturas emitidas para un destinatario que sea un organismo público (B2G - Business To Government) no se contemplan en la Ley Crea y Crece.
FACe es una plataforma para trabajar con organismos públicos y no tiene que ver con la facturación electrónica a la que obliga esta Ley. No es la herramienta para la Facturación Electrónica. Trabajar con FACe no significará que se esté cumpliendo con la Ley Crea y Crece.
Sí, se prevén sanciones que van desde apercibimientos hasta multas de 10.000€.
En este caso se facturará de forma tradicional ya que la pequeña no estaría obligada ni a emitir ni a recibir facturas electrónicas.
Durante el período de convivencia entre las empresas obligadas a emitir factura electrónica y las que todavía no lo estén, solo afectará a las relaciones entre aquellas empresa que estén obligadas en ese momento.
La facturación con las no obligadas se realizará como hasta ahora, salvo que estas decidan voluntariamente adelantarse al plazo y trabajar con facturación electrónica. Sin embargo todas las empresas quedarán obligadas al final del plazo de 2 años que establece la Ley, sea cual sea su facturación.
Sí. Salvo que voluntariamente quieran adelantarse al plazo de 2 años que establece la Ley para ellas. Durante el período de convivencia entre las empresas obligadas a emitir factura electrónica y las que todavía no lo estén, se deberá enviar la factura electrónica solo a aquellas empresa que también estén obligadas en ese momento y, de forma tradicional a las que aún no lo estén, aunque estas últimas también lo estarán al final del proceso de implantación que establece la Ley y que afectará en 2 años a todas las empresas, sea cual sea su facturación.
La Ley Crea y Crece establece que son 8 millones de facturación y, afecta a todas las facturas que se emitan entre empresas, independientemente de su importe.
Las agencias de viaje, transporte y venta al por menor solo tendrán que emitir facturas electrónicas cuando la contratación se haya llevado a cabo por medios electrónicos.
No. Salvo que esa empresa extranjera opere en España bajo el registro del IVA.