Publicado el Reglamento Veri*Factu
Publicado el 12 Diciembre 2023
- El reglamento es desarrollo directo de la modificación del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en la redacción añadida por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Este nuevo reglamento, conocido coloquialmente como "Reglamento Veri*factu", tiene como objetivo garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, evitando así el fraude fiscal.
Ámbito de aplicación
El reglamento se aplicará a todos los empresarios y profesionales, con la excepción de aquellos que ya estén sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII) o de los que no tengan obligación de facturación. Por lo que se refiere a su ámbito territorial, es aplicable en toda España salvo en los territorios de régimen fiscal foral. En los Territorios Históricos de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, desde fechas recientes son aplicable los sistemas denominados ‘Ticket Bai’, cuyo funcionamiento es análogo al aprobado ahora para el resto de España.
Entrada en vigor de Veri*Factu
El reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 2025.
Los cambios que implica
El reglamento Veri*factu implica una serie de cambios en los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación. Entre los principales cambios se encuentran los siguientes:
- Formato y estructura de los registros de facturación: Los registros de facturación deberán seguir un formato y estructura determinados, que estarán definidos por la Agencia Tributaria. Esto facilitará el intercambio de información entre las empresas y la Agencia Tributaria, y también ayudará a garantizar la integridad de los registros.
- Elementos de seguridad: Los registros de facturación deberán incorporar determinados elementos de seguridad, como los hashes encadenados y la firma electrónica. Estos elementos de seguridad ayudarán a proteger los registros de facturación frente a manipulaciones o alteraciones.
- Envío de registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria: Los registros de facturación deberán enviarse a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el momento de su producción. Esto permitirá a la Agencia Tributaria realizar un control más exhaustivo de los registros de facturación.
Adaptación a la normativa por parte de las empresas
La adaptación a la nueva normativa es obligatoria para las empresas y autónomos que estén sujetos al reglamento. Las empresas y autónomos pueden optar por adaptar sus sistemas informáticos de facturación existentes o por adquirir nuevos sistemas que cumplan con los requisitos del reglamento.
A este real decreto le seguirá la orden ministerial de desarrollo técnico, a partir de la cual los desarrolladores de programas informáticos deberán someterse a sus disposiciones en un plazo máximo de 9 meses.
Beneficios de la adaptación a Veri*Factu
Las empresas y autónomos que se adapten a la nueva normativa podrían obtener una serie de beneficios, como:
- Mayor Seguridad: Garantiza la integridad y autenticidad de los registros, reduciendo riesgos de fraude.
- Eficiencia en Procesos: Mejora la eficiencia en procesos administrativos, simplificando la relación con la Agencia Tributaria.
Conclusiones
El Reglamento Veri*factu es una nueva normativa importante que tendrá un impacto significativo en las empresas y autónomos. Es importante estar informado de los cambios que implica y tomar las medidas necesarias para adaptarse a la nueva normativa.
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